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La Audiencia Provincial de Las Palmas dicta nueva sentencia (75/2014 de 23 de mayo de 2014) siguiendo la línea de la 164/2012 de 4 de septiembre de 2012, en la cual niega una vez más la validez del argumento cada vez más utilizado por las entidades aseguradoras pretendiendo vincular la existencia o inexistencia de lesiones al importe de los daños materiales en los vehículos.

Como bien sabemos, desde hace un par de años las aseguradoras, actuando fraudulentamente, tratan de eludir su obligación de indemnizar las habituales lesiones cervicales producidas en colisiones a baja velocidad, negando el nexo causal entre el siniestro y las lesiones, bajo el argumento de la levedad de daños materiales en los vehículos. Pero los jueces ya no se tragan el cuento.

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